Las nuevas bases de cotización para autónomos: facturación y tramos

Una cosa es segura, la cotización de autónomos es necesario reformarlo hacia una opción que permita el emprendimiento cotizando por los ingresos reales y no dentro de un sistema que permite la infracotización y la supracotización dentro de este colectivo.

En la actualidad se está estudiando y planteando un nuevo modelo de cotización dentro del Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos. En este artículo vamos a hablarte sobre las nuevas bases de cotización que quiere implantar el gobierno en los próximos años, podrás ver los tramos de cotización planteados, así como una breve reflexión sobre esta medida. Por supuesto, todo está bajo estudio y si quieres tener más información, en autónomos tech pueden ayudarte a asesorarte de toda esta información para tu mejor información.

¿Cotización por ingresos reales autónomos? Esto plantea la Seguridad Social

La propuesta que mantiene la Seguridad Social con respecto a la fijación de las bases de cotización y la cuota RETA a pagar, irá en función de 13 tramos

Rendimiento anualCuota RETA anualCuota RETA mensual
3,000€1,080€90€
6,000€1,440€120€
9,000€2,220€185€
12,600€2,820€235€
17,000€3,300€275€
22,000€3,660€305€
27,000€5,100€425€
32,000€6,540€545€
37,000€8,040€670€
42,000€9,600€800€
47,000€11,220€935€
48,841€12,900€1,075€
49,000€14,640€1,220€

Cómo puedes ver, los autónomos con ingresos anuales de menos y hasta 3,000 € abonarán unos 90 € al mes en concepto de cuota en RETA, lo que hace un total de 1,080 € del total de ingresos, que sería más de un tercio, iría a sufragar la cuota reta, esto en el suponer de que el autónomo estuviera dado de alta durante todo el año.

¿Cuánto entraría en vigor esta medida?

Lo cierto que esta medida un primer avance y no podemos estar seguros si se van a plantear una mejora en los tramos o un sistema diferente, esta vez en conversaciones con el representante de este colectivo. Pero según la información recibida, estaríamos hablando de una implantación a partir del año 2023, contando con un periodo transitorio de 9 años, es decir, aplicación del modelo nuevo a partir del año 2031.

Nuevamente, reiteramos que esto puede ser un avance de la medida planteada y puede sufrir cambios hasta la llegada de su aplicación, es por ello que siempre es bueno contar con un asesor que pueda valorar cada situación y te ayude a determinar la mejor opción.

¿Es realmente una medida favorable para los trabajadores autónomos?

Desde nuestro parecer, esta medida no resulta proactiva por parte de la administración ni motivadora para el colectivo de trabajadores autónomos que podría seguir incentivando la economía sumergida, sobre todo en los tramos de cuantías más elevadas que endurecen las cuotas sin ofrecer una medida fiscal favorable para compensar la aplicación de esta medida.

Nos quedamos con las palabras de Lorenzo amor, presidente de ATA (Federación de Asociaciones de Trabajadores autónomos) en su cuenta de Twitter.

Por tanto, debemos entender que todavía se trata de un borrador y que la implantación de esta nueva medida todavía le quedan muchas conversaciones y variables por fijar antes de ponerse en marcha. Es positivo que la administración aborde este tema tras años sin mencionarlo, pero quizás no han investigado el contexto y solo se han fijado en el apartado contable de la gestión.

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