Tasas

Anteriormente que te he hablado sobre un tipos tributos, como lo son los impuestos y ahora quiero hablarte sobre las tasas, que bien pueden ser considerados tributos cuando no tenga naturaleza voluntaria, o bien ser precios públicos cuando sea de suscripción voluntaria, por supuesto, quiero aclara esta cuestión en este mismo artículo.

Hoy vengo a contarte un poco más sobre qué son las tasas y sus características, en poco menos de 3 minutos sabrás todo lo que hay que saber sobre las tasas. Por esta misma razón, solo te pido que me prestes ese tiempo para ampliarte más este concepto. !Vamos a ello!

¿Qué son las Tasas?

Una tasa es un tipo de contraprestación económica que se ha de abonar a la Administración Pública por el uso privativo o el aprovechamiento especial del dominio público o bien también puede ser una prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público que afecten o beneficien a los sujetos pasivos siempre que no sea voluntario o que no se presten o realicen por el sector privado.

La versión más rápida y traducida de lo anterior viene a decir que las tasas serían el pago que realiza una persona por la utilización de un servicio público.

También se ha de tener en cuenta que las tasas se adhieren a dos principios, el principio de equivalencia y de la capacidad de pago. Es decir, cuando quiere decir equivalencia es que el coste de la tasa puede ser como máximo el valor del servicio y con capacidad de pago es que la entidad pública, cuando sea posible, ha de ajustar el precio a la capacidad económica de la persona

¿Una tasa es un tributo?

Sí y no, esa sería la respuesta correcta, la primera será siempre que no tenga carácter voluntario o bien no se presten o realicen por el sector privado, en cambio, la segunda, si tuviese naturaleza de suscripción voluntaria o bien la preste una empresa del sector privado, estaríamos hablando de una contraprestación económica, por tanto, un precio público, es decir, el ciudadano paga a cambio de recibir un servicio.

Se considerará que no es voluntaria la solicitud cuando:

  • Venga impuesta por leyes o reglamentos
  • Cuando sean bienes, servicios o actividades indispensables para el desarrollo de la vida privada o social del solicitante.

Un ejemplo claro de una tasa como tributo sería el pago por la utilización de un vado que impida que otros vehículos aparquen en él. Por otro lado, las tasas de matriculación serían considerados precios públicos, dado que lo pueden ofrecer una entidad privada y su suscripción es voluntaria.

Fuentes normativas de las tasas

En la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, en su artículo 9, señala las normativas por la que se regirán las tasas.

  • a) Por los Tratados o Convenios Internacionales que contengan cláusulas en materia de tasas, publicados oficialmente en España.
  • b) Por la presente Ley, por la Ley General Tributaria y la Ley General Presupuestaria, en cuanto no preceptúen lo contrario.
  • c) En su caso, por la Ley propia de cada tasa.
  • d) Por las normas reglamentarias dictadas en desarrollo de estas Leyes.

Tipos de tasas

Podemos clasificar las tasas en diferentes apartados:

Tasas según la naturaleza de los servicios

  • Tasas administrativas: Serán aquellas tasas que se deberá abonar por el uso de un servicio público, un ejemplo claro, podría ser el pago de las tasas pro la renovación del DNI.
  • Tasas académicas: Es el importe que debe pagar un alumno para cursar sus estudios oficiales, para inscribirse en pruebas de evaluación o para solicitar la expedición de documentos académico-administrativos oficiales.

Tasas según la Entidad titular de las mismas

  • Tasas Estatales: Tasas que se abonan por servicios prestados de carácter nacional
  • Tasas Autonómicas: Tasas que se abonen por los servicios prestados por las Comunidades autónomas
  • Tasas Locales: Tasas aplicadas por entidades locales como Ayuntamientos por la prestación de servicios públicos.

En conclusión

En este artículo te he hablado que las tasas pueden ser considerados tributos, cuando no sean de suscripción voluntaria ni pueda ser prestado por una entidad privada o bien, considerado precios públicos cuando sean voluntarios o puedan ser prestados también

Espero que te haya ayudado esta guía sobre qué es una tasa y saber diferenciar cuando es un tributo y cuando un precio público.

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